Notipress.- Una ciudadana de Venadillo, Tolima, presentó una acción de tutela contra el municipio y su corregidora municipal, alegando la falta de gestión para evitar las inundaciones en su predio causadas por el taponamiento de un desagüe de aguas lluvias. Además, señaló que la corregidora no ha intervenido para solucionar los actos de vecinos que afectan su propiedad.
La Corte Constitucional, mediante la Sala Séptima de Revisión, amparó el derecho a la vivienda digna de la demandante, al constatar que la alcaldía no ha garantizado la prestación del servicio de alcantarillado. También protegió el derecho al debido proceso administrativo, considerando que la corregidora excedió el tiempo legal para avanzar en el proceso policivo.
De esta manera, la Corte reiteró que, en temas de saneamiento básico, las autoridades deben cumplir con normas técnicas, garantizar la seguridad e higiene de las instalaciones y asegurar la intimidad del titular del sistema. La falta de estas condiciones vulnera la dignidad humana, afectando la habitabilidad de la vivienda.
En cuanto al proceso policivo, la Corte ordenó a la corregidora citar a la accionante y al presunto infractor, valorar las pruebas y, si es necesario, imponer medidas correctivas. Además, la alcaldía deberá realizar un dictamen técnico sobre el estado del predio y tomar acciones para asegurar la correcta prestación del servicio de alcantarillado.