Inicio / Estudio del derecho / Leyes / CPEUM / El artículo 5 de la Constitución y la libertad de elegir nuestro trabajo

El artículo 5 de la Constitución y la libertad de elegir nuestro trabajo

Elegir una profesión, emprender un negocio, ejercer un oficio o decidir a qué actividad dedicarse son libertades protegidas por la Constitución mexicana. El artículo 5 establece este derecho, pero también señala sus límites y prohíbe que una persona sea obligada a trabajar sin consentimiento y sin una justa retribución.

Para muchas personas, decidir a qué dedicarse parece una elección exclusivamente personal. Sin embargo, detrás de esa decisión existe un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: la libertad de trabajo.

El artículo 5.º establece que a ninguna persona puede impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siempre que se trate de una actividad lícita. La Suprema Corte de Justicia de la Nación identifica precisamente esta disposición como el fundamento constitucional de la libertad de trabajo en México.

La idea puede parecer sencilla, pero tiene profundas consecuencias. Significa que el Estado no puede decidir arbitrariamente qué actividad debe realizar una persona ni impedirle desarrollar una profesión o negocio simplemente porque no coincide con sus preferencias.

Pero la libertad no es absoluta.

La propia Constitución establece que su ejercicio puede limitarse cuando se afecten derechos de terceros o se ofendan los derechos de la sociedad, siempre mediante las condiciones que establece el propio orden jurídico. La Suprema Corte ha señalado que la libertad de trabajo está sujeta a estos límites y que las restricciones deben tener una justificación constitucional.

Esto resulta importante porque prácticamente ninguna libertad funciona de manera aislada. Una persona puede tener derecho a ejercer un comercio, por ejemplo, pero ese derecho no significa que pueda ignorar las normas sanitarias, ambientales o de seguridad que protegen a otras personas.

La Suprema Corte ha analizado precisamente este tipo de conflictos. En uno de sus criterios, consideró constitucionales determinadas medidas sanitarias que impedían temporalmente la comercialización de productos de belleza cuando existía un riesgo para la salud. El Tribunal explicó que, aunque esas medidas limitaban la libertad de trabajo, podían justificarse para proteger un derecho de mayor importancia social en las circunstancias del caso: la salud de las personas.

Esto permite entender un principio fundamental: la libertad de trabajo protege la actividad lícita, pero no constituye una autorización para desarrollar esa actividad ignorando los derechos de los demás.

El artículo 5.º también contiene una protección especialmente importante frente al trabajo impuesto. Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo las excepciones constitucionales relacionadas con determinadas penas impuestas por autoridad judicial.

La prohibición busca impedir que una persona sea convertida en instrumento de trabajo contra su voluntad. La Suprema Corte ha relacionado esta garantía con la prohibición del trabajo forzoso reconocida también en instrumentos internacionales de derechos humanos.

Esto ayuda a distinguir entre trabajar porque existe una necesidad económica y ser obligado jurídicamente o mediante coerción a prestar un servicio. En una relación laboral puede existir subordinación y obligaciones contractuales, pero eso no significa que desaparezca la libertad fundamental de la persona.

Otro aspecto relevante es que nadie puede ser privado del producto de su trabajo sino por resolución judicial. La Constitución protege así no solamente la posibilidad de trabajar, sino también el resultado económico legítimamente obtenido mediante ese trabajo.

El artículo establece además que la legislación de cada entidad federativa determinará cuáles son las profesiones que requieren título para su ejercicio, las condiciones necesarias para obtenerlo y las autoridades encargadas de expedirlo.

Esta disposición explica por qué determinadas actividades profesionales están sujetas a requisitos académicos y legales. La libertad profesional no significa que cualquier persona pueda ejercer indistintamente cualquier profesión regulada. Cuando está de por medio la seguridad, la salud o los derechos de otras personas, el Estado puede establecer requisitos de preparación y acreditación.

Un ejemplo cotidiano ayuda a comprenderlo. Una persona puede tener plena libertad para decidir que quiere dedicarse a la medicina. Sin embargo, esa libertad no significa que pueda comenzar a ejercer como médico sin cumplir los requisitos profesionales establecidos por la legislación. El derecho protege la elección de la profesión, mientras que la regulación establece las condiciones para ejercerla legítimamente.

La libertad de trabajo también alcanza al ámbito empresarial. El artículo protege las actividades de comercio e industria que sean lícitas. Esto forma parte del marco constitucional que permite a las personas emprender, prestar servicios y desarrollar actividades económicas.

La Suprema Corte ha utilizado el artículo 5.º para revisar restricciones impuestas a distintas actividades profesionales y económicas. En 2020, por ejemplo, el Pleno invalidó una restricción que impedía durante diez años a determinados exservidores públicos trabajar en empresas privadas relacionadas con sus anteriores funciones. El Tribunal consideró que la medida afectaba de manera desproporcionada e injustificada la libertad de trabajo.

El criterio muestra algo importante: incluso cuando el Estado tiene una finalidad legítima, la restricción debe guardar una relación razonable con ese objetivo. No basta con decir que una limitación busca proteger el interés público. También debe demostrarse que la medida es constitucionalmente válida.

Por ello, el artículo 5.º funciona en dos direcciones. Por un lado, protege a las personas frente a restricciones arbitrarias que les impidan trabajar o elegir una profesión. Por otro, permite que el Estado establezca determinadas reglas cuando sean necesarias para proteger derechos de terceros o intereses de la sociedad.

En la vida cotidiana, esta libertad aparece en decisiones que pueden parecer ordinarias: estudiar una carrera, abrir un negocio, aprender un oficio, cambiar de profesión, ofrecer un servicio o buscar una nueva forma de ganarse la vida.

Detrás de todas esas decisiones existe una idea constitucional de enorme importancia: cada persona tiene capacidad para construir su propio proyecto profesional y económico.

El Estado puede establecer reglas. Puede exigir preparación profesional, imponer normas sanitarias, proteger a los consumidores o establecer medidas para salvaguardar derechos de terceros. Lo que no puede hacer arbitrariamente es eliminar la libertad que el artículo 5.º reconoce.

En última instancia, este artículo protege algo profundamente ligado a la dignidad humana: la posibilidad de elegir qué hacer con nuestra capacidad de trabajar.

Porque trabajar no significa únicamente obtener un ingreso. Para muchas personas también representa independencia, realización personal, proyecto de vida y la posibilidad de construir un futuro. Por eso, la libertad de trabajo ocupa un lugar fundamental entre los derechos protegidos por la Constitución mexicana.

 

Etiqueta: